Próximamente nuestro obispo Mons. José Armando Alvarez Cano y otros obispos de México asistirán a Roma para realizar la Visita ad Limina Apostolorum y presentarse ante el Papa Francisco ¿Qué es lo que significa?
La Visita ad limina aparece como una norma en el Código de Derecho Canónico en los cánones 399 y 400 donde a la letra expresan que: cada cinco años el obispo diocesano debe presentar al Romano Pontífice una relación sobre la situación de su Diócesis e ir a Roma para venerar los sepulcros de los apóstoles Pedro y Pablo y presentarse ante el Sucesor de Pedro.
No es solo un simple acto jurídico-administrativo que tienen que cumplir los Obispos, sino que es un verdadero acto eclesial de fortalecimiento de la responsabilidad de los sucesores de los Apóstoles y de la comunión jerárquica con el Papa. Con ello se busca fortalecer la comunión entre las Diócesis y la Sede Apostólica con un intercambio de informaciones y el compartir aspectos pastorales acerca de los problemas, experiencias y proyectos de trabajo.
¿De donde surge tal acto eclesial? Algunos autores consideran que el primer fundamento que da antecedente de la primera Visita ad limina, se encuentra en la Carta de San Pablo a los Gálatas, donde el mismo Pablo habla de su conversión y del camino que ha tomado de evangelizar a los gentiles: “después...fui a Jerusalén para consultar a Pedro, y estuve junto a él durante quince días...” (Gal 1,18). El magisterio de la Iglesia nos habla también de esta visita desde diferentes etapas de la historia, por ejemplo: El Concilio de Trento la incluye en el programa de reformas relacionas con el ministerio pastoral de los obispos y llevada a cabo por los papas de aquella época. En el Concilio Vaticano I los obispos urgieron la necesidad de introducir algunos cambios importantes en el modo de efectuar la Visita. El Papa Pablo VI recalca que la Visita tiene un carácter de instrumento al servicio de la unidad y la comunión entre la Iglesia Particular y el Sucesor de Pedro. Juan Pablo II, le dará un punto de vista totalmente nuevo a la Visita ad limina, intensificando su carácter espiritual.
Para concluir; La Visita ad limina se sustenta y manifiesta en dos grandes principios: Por una parte la colegialidad, como menciona el Vaticano II: “Como San Pedro y los otros apóstoles constituyen, por voluntad del Señor, un único Colegio apostólico, de igual modo el Romano Pontífice, sucesor de Pedro, y los obispos, sucesores de los Apóstoles, están unidos entre sí” (LG 22); Entrevistarse oficialmente con el Papa y darle cuenta de la diócesis expresa la comunión jerárquica con quien es Cabeza visible y principio visible de la unidad entre los obispos del mundo (Cfr. LG 23). Y por otra la íntima relación entre la Iglesia particular y la Iglesia Universal. Por voluntad de Dios la Iglesia, que es única y universal, se refleja enteramente en las Iglesias particulares; estas están “formadas a imagen de la Iglesia universal” (LG 23).
Pidamos al Señor que esta Visita ad limina de nuestro Obispo y de sus hermanos en el Episcopado aumente en ellos su amor por la Iglesia diseminada por todo el mundo, el compromiso apostólico con sus diócesis, y la comunión con el Sucesor de Pedro, pues como afirma San Ambrosio de Milán “Ubi Petrus ibi Ecclesia”, es decir: “Donde está Pedro allí está la Iglesia”.
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